Otro inmovilizado según Anexo IV
Pliego de condiciones particulares de la subasta.
El activo/lote se vende libre de cargas y embargos. Realizado el pago de la totalidad del precio se solicitará al Juzgado, si las hubiere, la cancelación de las cargas y anotaciones que pesen sobre los activos objeto de la presente que sean cancelables o redimibles.
Según se establece en las condiciones de la subasta, se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los activos objeto de subasta la transmisión se realizará sin garantías, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable y siendo de su cuenta y cargo el desmontaje, así como los desperfectos que se puedan como consecuencia de su desmontaje o retirada de dichos activos en el momento de la formalización de la compra venta.
El adjudicatario asume los gastos e impuestos de cualquier naturaleza que hubiera que asumir derivados de las operaciones de venta y/o adjudicaciones.
Los gastos de gestión están incluidos en su puja y es del 10% del importe de ésta (Iva no incluido.)
Los tramos de pujas para la presente subasta serán como mínimo de 100,00 €.
La mayor oferta será remitida a la Administración Concursal tras la finalización de la subasta/recepción de ofertas, quien, de acuerdo con el Plan de Liquidación y en interés del concurso, estudie su oferta y en consecuencia decida si adjudica el activo o no y por consiguiente decide sacar de nuevo el activo a subasta.
En el caso de que se le comunique su condición de adjudicatario provisional, tendrá 5 días naturales para depositar el 5% de su puja en la cuenta habilitada por esta entidad ES88 2100 5800 4702 0005 3788 o la que indique el administrador en concepto de depósito y de los honorarios de la empresa especializada en la cuenta ES34 2100 1939 3202 0013 0690.
El pago del resto del precio se realizará al contado en el momento de otorgamiento de escritura pública de compraventa o contrato privado de compraventa, sin que esta pueda demorarse más allá de 20 días naturales, salvo causa justificada manifestada por el administrador concursal, desde el momento de ingreso del importe del 5% referido.
La retirada de dichos bienes será por cuenta del adjudicatario y no podrá demorarse más de 10 días naturales del pago del resto de precio.
En caso de falta de ingreso del 5% o de los honorarios de la empresa especializada, se entenderá que el postor desiste de su puja y podrá adjudicarse provisionalmente a postores posteriores, a criterio de la Administración Concursal y sin perjuicio de las acciones que pueda emprenderse por la Administración concursal o por la empresa especializada, puesto que las pujas son vinculantes y entrañan el pago de sus honorarios de ser adjudicatario.
Transcurrido el plazo previsto para el otorgamiento de escritura se entenderá que el adjudicatario provisional desiste de su puja y perderá la cantidad del 5% entregada que vendrá a incrementar la masa activa del concurso, así como los honorarios de la empresa especializada.
En todo lo no previsto expresamente en el presente será de aplicación las previsiones contenidas en el Plan de Liquidación y en el auto judicial que lo aprueba, así como, en su caso, en el auto que haya podido dictar el Juzgado donde se tramita el concurso.
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